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FUNCIONES


El Instituto Geográfico Nacional tiene las funciones generales siguientes:

 

1. Realizar y conducir el proceso Cartográfico Básico Oficial del Perú.
2. Actuar como organismo competente del Estado para normar las actividades geográfico-cartográficas que se ejecutan en el ámbito nacional.
3. Participar en la creación, delimitación o redelimitación de circunscripciones territoriales, elaborando la Cartografía Oficial, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
4. Coordinar con las autoridades correspondientes los asuntos relacionados a los nombres geográficos o topónimos.
5. Obtener por sensores y otros medios de información requerida para el proceso cartográfico.
6. Realizar estudios, brindar asesoramiento técnico y prestar servicios en las áreas de su competencia a entidades públicas y privadas.
7. Promover y ejecutar investigaciones, así como el desarrollo de las ciencias geográfico-cartográficas y sus aplicaciones en el país.
8. Representar al país ante los organismos técnico-científicos nacionales e internacionales en eventos y reuniones relacionados con las ciencias geográfico-cartográficas y sus aplicaciones.
9. Celebrar convenios con personas naturales o jurídicas nacionales y extranjeras, con el objeto de obtener recursos que le permitan el cumplimiento de sus fines, así como para formar, preparar y especializar a profesionales y técnicos en las ciencias geográfico-cartográficas.
10. Organizar y administrar el Archivo Cartográfico Nacional, la Base de Datos Cartográficos y el Sistema de Información Cartográfico Nacional.
11. Proporcionar el concurso técnico y operativo en trabajos de colocación, mantenimiento, reposición y densificación de hitos de la línea de frontera terrestre, de acuerdo a las instrucciones y requerimientos del Ministerio de Relaciones Exteriores, y participar como entidad asesora en las comisiones Binacionales de Límites y Fronteras.
12. Presidir la Sección Nacional del Instituto Panamericano de Geografía e Historia, dependiente de la organización de Estados Americanos.
13. Autorizar a las entidades públicas y privadas la publicación de mapas del Perú, que contengan como tema principal las linderaciones Político-administrativas e informaciones toponímicas.
14. Las demás funciones asignadas por ley.



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